{"id":545,"date":"2016-03-30T15:53:45","date_gmt":"2016-03-30T20:53:45","guid":{"rendered":"http:\/\/www.gstrategy-ec.com\/?p=545"},"modified":"2016-03-30T15:56:30","modified_gmt":"2016-03-30T20:56:30","slug":"a-los-sujetos-pasivos-del-iva-que-se-dedican-a-la-produccion-o-comercializacion-de-leche-o-de-bebidas-lacteas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/?p=545","title":{"rendered":"A los sujetos pasivos del IVA que se dedican a la producci\u00f3n o comercializaci\u00f3n de leche o de bebidas l\u00e1cteas."},"content":{"rendered":"<p>Mediante Circular No. NAC-DGECCGC16-00000005, publicada en el Registro Oficial No. 722 del 30 de marzo del 2016, el Servicio de Rentas Internas recuerda a los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado que de conformidad con el numeral 2 del art\u00edculo 55 de la Ley de R\u00e9gimen Tributario Interno la leche en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producci\u00f3n nacional est\u00e1 gravada con tarifa 0% del IVA, por lo tanto los productos que no puedan ser definidos como leche, como es el caso de las bebidas l\u00e1cteas, est\u00e1n gravados con tarifa doce por ciento (12%) del IVA.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n se muestra el texto completo de la Circular:<!--more--><\/p>\n<p><b>A los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado que se dedican a la producci\u00f3n o comercializaci\u00f3n de leche o de bebidas l\u00e1cteas<\/b><\/p>\n<p>El art\u00edculo 226 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador se\u00f1ala que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores p\u00fablicos y las personas que act\u00faen en virtud de una potestad estatal, ejercer\u00e1n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constituci\u00f3n y la ley.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 300 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador establece que el r\u00e9gimen tributario se regir\u00e1 por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria.<\/p>\n<p>De acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 7 del C\u00f3digo Tributario, en concordancia con el art\u00edculo 8 de la Ley de Creaci\u00f3n del Servicio de Rentas Internas, es facultad de la Directora o Director General del Servicio de Rentas Internas expedir las resoluciones, circulares o disposiciones de car\u00e1cter general y obligatorio necesarias para la aplicaci\u00f3n de las normas legales y reglamentarias.<\/p>\n<p>El numeral 2 del art\u00edculo 55 de la Ley de R\u00e9gimen Tributario Interno se\u00f1ala que tendr\u00e1n tarifa cero del impuesto al valor agregado las transferencias e importaciones de leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producci\u00f3n nacional, quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos infantiles.<\/p>\n<p>El n\u00famero 3.1.1 de la norma t\u00e9cnica ecuatoriana obligatoria NTE INEN 9:2012, quinta revisi\u00f3n 2012-01, define a la leche como el producto de la secreci\u00f3n mamaria normal de animales bovinos lecheros sanos, obtenida mediante uno o m\u00e1s orde\u00f1os diarios, higi\u00e9nicos, completos e ininterrumpidos, sin ning\u00fan tipo de adici\u00f3n o extracci\u00f3n, destinada a un tratamiento posterior previo a su consumo.<\/p>\n<p>El n\u00famero 2.1.2 de la norma t\u00e9cnica ecuatoriana obligatoria NTE INEN 10:2012, quinta revisi\u00f3n 2012-04, indica que la leche pasteurizada es la leche cruda homogenizada o no, que ha sido sometida a un proceso t\u00e9rmico que garantice la destrucci\u00f3n total de losmicroorganismos pat\u00f3genos y la casi totalidad de los microorganismos banales (saprofitos) sin alterar sensiblemente las caracter\u00edsticas fisicoqu\u00edmicas, nutricionales y organol\u00e9pticas de la misma.<\/p>\n<p>De la misma forma, el n\u00famero 2.1.3 de la misma norma t\u00e9cnica establece que leche pasteurizada y homogenizada es la leche que, previamente a la pasteurizaci\u00f3n, ha sido sometida a un proceso f\u00edsico (homogenizaci\u00f3n) de reducci\u00f3n del tama\u00f1o de los gl\u00f3bulos de grasa por efecto de la presi\u00f3n y temperatura para estabilizar la emulsi\u00f3n de la materia grasa.<\/p>\n<p>El n\u00famero 2.1.2 de la norma t\u00e9cnica ecuatoriana voluntaria NTE INEN 2564:2011,2011-10, indica que la bebida l\u00e1ctea con suero de leche es el producto obtenido a partir de leche, leche reconstituida y\/o derivados de leche, reconstituidos o no, con adici\u00f3n de ingredientes no l\u00e1cteos y suero de leche; se permite el uso de aromatizantes.<\/p>\n<p>El n\u00famero 2.1.3 de la misma norma t\u00e9cnica mencionada se\u00f1ala que la bebida l\u00e1ctea compuesta es un producto en el cual la leche, productos l\u00e1cteos o los constituyentes de la leche son una parte esencial en t\u00e9rminos cuantitativos en el producto final tal como se consume, siempre y cuando los constituyentes no derivados de la leche no est\u00e9n destinados a sustituir totalmente o en parte a cualquiera de los constituyentes de la leche. No contiene suero de leche.<\/p>\n<p>Por otra parte, el art\u00edculo 40 del Reglamento de Control y Regulaci\u00f3n de la Cadena de Producci\u00f3n de la Leche y sus Derivados se\u00f1ala que se proh\u00edbe la comercializaci\u00f3n de productos con la denominaci\u00f3n de \u00ableche\u00bb, cuando presenten modificaciones en su composici\u00f3n natural, tales como: ingredientes, aditivos, suero de leche o cualquier otra sustancia no autorizada por la normativa vigente.<\/p>\n<p>En el mismo sentido, el art\u00edculo 42 de la mencionada norma se\u00f1ala que se proh\u00edbe el uso de suero de leche en todas las etapas de la cadena de producci\u00f3n de leche, desde el orde\u00f1o hasta la comercializaci\u00f3n en leche pasteurizada, ultra-pasterizada y en todos aquellos productos en los cuales las normas t\u00e9cnicas vigentes consideren al suero de leche como adulterante. Se proh\u00edbe la comercializaci\u00f3n del suero de leche sin desnaturalizar con la adici\u00f3n de colorantes de calidad alimentaria a excepci\u00f3n de aquellas plantas que han registrado bebidas a base de suero y para lo cual cuentan con los registros sanitarios correspondientes y cuya etiqueta identifique a los productos como bebida a base de suero.<\/p>\n<p>Con fundamento en las disposiciones constitucionales, legales y las normas t\u00e9cnicas antes referidas, el Servicio de Rentas Internas recuerda a los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado que de conformidad con el numeral 2 del art\u00edculo 55 de la Ley de R\u00e9gimen Tributario Interno la leche en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producci\u00f3n nacional est\u00e1 gravada con tarifa 0% del IVA. Los productos que no puedan ser definidos como leche, como es el caso de las bebidas l\u00e1cteas, est\u00e1n gravados con tarifa doce por ciento (12%) del impuesto al valor agregado.<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y publ\u00edquese.<\/p>\n<p>Dado en Quito, a 09 de marzo de 2016.<\/p>\n<p>Dict\u00f3 y firm\u00f3 la circular que antecede, el Economista Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas Internas, en Quito DM, a 9 de marzo de 2016.<\/p>\n<p>Lo certifico.<br \/>\nf.) Dra. Alba Molina P, Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante Circular No. NAC-DGECCGC16-00000005, publicada en el Registro Oficial No. 722 del 30 de marzo del 2016, el Servicio de Rentas Internas recuerda a los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado que de conformidad con el numeral 2 del art\u00edculo 55 de la Ley de R\u00e9gimen Tributario Interno la leche en estado natural, pasteurizada, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":381,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-545","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-tributacion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/545","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/381"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=545"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/545\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":547,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/545\/revisions\/547"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=545"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=545"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gstrategy-ec.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=545"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}